FSC-CCOO La Rioja | 21 noviembre 2024.

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La ONCE renueva las pólizas de atención sanitaria y odontológica

    La ONCE ha renovado por cinco años sus pólizas de asistencia sanitaria y odontologica con la sociedades anónimas Sanitas y Denticard, respectivamente.

    11/01/2005.

    La ONCE ha renovado las pólizas de asistencia sanitaria (SANITAS) y odontológica (DENTICARD), cuyas condiciones generales están recogidas en la Circular 13/2004 y cuyos aspectos generales son los siguientes: 1º.- Beneficiarios de las pólizas.- Son aquellos que se encuentren en el Grupo 1 (personal en activo y pensionistas de jubilación e incapacidad) y el Grupo 2 (hijos menores de 18 años y parejas de hecho o derecho convivientes con el Grupo 1, que mantienen los requisitos previstos en la Circular 21/2001). 2º.- Primas y copago a abonar.- Las primas del Grupo 1 serán abonadas íntegramente por la ONCE, entretanto las del Grupo 2 se abonarán parcialmente cada mes por los interesados a razón de: 7,42 ¿ por los menores de 65 años y 12,86 ¿ por los mayores de 65 años. Respecto del copago a abonar por ambos Grupos 1 y 2 será el siguiente: cada vez que se utilice la tarjeta Sanitas se deberá satisfacer la cantidad de 1 ¿ por uso de los servicios de oxigenoterapia y Sanitas 24 horas; 4 ¿ para ingresos hospitalarios; 1 ¿ por cada módulo prescrito de 5 sesiones de rehabilitación; 12 ¿ por preparación al parto y 4 ¿ por asistir a Urgencias Hospitalarias, que pasará a 8 ¿ a partir de la 5ª visita en un mismo trimestre. Resto de servicios 3 ¿. 3º.- Altas y bajas: Se incorporarán como altas a la póliza todo el personal que sea contratado con carácter indefinido o eventual por una duración superior a 3 meses. No se incorporarán nuevas altas al Grupo 2, respecto de las preexistentes a 31 de diciembre de 2001. ¿/¿Se causará baja: por dejar de reunir los requisitos previstos normativamente; por renuncia voluntaria, que de tratarse de personal del Grupo 1 conllevaría la baja de todos sus beneficiarios del Grupo 2, o por no aportar la documentación prevista. Antes del día 21 de enero de 2005, los pensionistas deberán presentar fe de vida o personarse en los centros ONCE, provistos de D.N.I., y los cónyuges y parejas de hecho deberán aportar: certificado de convivencia o empadronamiento con el titular del derecho; certificado de vida laboral y certificado negativo de pensiones. 4º.- Médico Asesor. A partir del 1 de febrero, SANITAS establece esta figura para todos sus asociados, pudiendo realizar en la ONCE tal función los médicos de empresa, debiendo acudir al mismo previa la solicitud de consulta a especialista (excepto podólogo, pediatra-puericultor y tocoginecólogo), no siendo preciso obtener nueva prescripción para el mismo especialista en las 4 consultas siguientes, cuando se produzcan en los 6 meses a partir de la primera prescripción. 5º.- Sugerencias de CCOO. La Circular ha sido tramitada al Comité Intercentros, para emitir sugerencias, después de haber sido suscritas las pólizas por la Dirección General con SANITAS S.A. y DENTICARD S.A., por lo que cualquier observación al respecto era inútil pues no podría incorporarse a las mismas. No obstante, consideramos que, dada la amplia duración temporal de las mismas (5 años), se debería haber abierto la incorporación de nuevos beneficiarios del Grupo 2, con las parejas de hecho o derecho e hijos que reunieran los requisitos de beneficiarios con posterioridad al 31 de diciembre de 2001. E igualmente, consideramos que se debería haber contemplado el servicio de ambulancia para asistir a rehabilitación, teniendo en cuenta las características especiales del colectivo

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